Elecciones Universitarias – 12/11/25

La elección de autoridades de la Universidad de la República (Udelar) se celebrará el miércoles 12 de noviembre de 2025 en el horario de 8 a 19 h. El voto es secreto y obligatorio, y se requiere presentar la cédula de identidad en el momento de la votación.

Es importante tener en cuenta que en esta elección no está habilitado el voto observado interdepartamental, por lo que cada votante deberá ejercer su voto en el departamento del país que indica el padrón.

Las actividades de enseñanza en el local de Av. 18 de Julio 1772 se suspenderán el 12 de noviembre durante toda la jornada con motivo de las Elecciones Universitarias. Notificación de suspensión de actividades de enseñanza.

¿Qué se vota?

Se eligen representantes de los órdenes (estudiantil, docentes y egresados) en los órganos de cogobierno de la Udelar:

  • de la Asamblea General del Claustro (AGC) de la Universidad,
  • de la Asamblea del Claustro de Facultad y
  • del Consejo de la Facultad de Artes.

¿Quiénes votan?

Participan todos los órdenes: estudiantes, docentes y egresadas/os de carreras con no menos de 2 años.

Se pueden consultar los padrones publicados por la Corte Electoral en su página web: buscador de padrón.

La elección será obligatoria para todos los que integran los padrones electorales. Quedan exceptuados de la obligatoriedad del voto las personas mayores de 75 años. 

Se vota en todo el país. Las y los estudiantes votan en sus lugares de estudio, mientras que cada docente debe votar en el lugar donde trabaja y cada egresado o egresada en el lugar donde reside, en locales dispuestos por la Corte Electoral.

Es importante destacar que no está habilitado el voto observado.

Podrán votar por correspondencia, dentro del departamento al que pertenece su circuito, aquellos electores que se encuentren en lugares donde no funcionen Comisiones Receptoras de Votos. Deberán hacerlo en una oficina de la Administración Nacional de Correos habilitada a tales efectos el día previo al acto eleccionario (11 de noviembre).

¿Cuáles son las sanciones por no votar?

Las sanciones por no votar injustificadamente varían según el orden.

  • En el caso de estudiantes pueden ser imposibilitados de rendir exámenes durante dos períodos consecutivos,
  • en el de docentes y egresadas/os una multa de 5 (cinco) unidades reajustables, cuyo importe se determinará a la fecha de la elección.

    Para que docentes y egresados/as puedan hacer efectivos sus haberes de cualquier naturaleza en dependencias del Estado y empresas privadas en general deberán presentar la constancia de justificación de no voto o de pago de la multa expedida por las dependencias electorales a partir del 12 de enero de 2026 y por el término de tres meses. Acceder a Sanciones a los no votantes.

Reglamento de Elecciones Universitarias

Buscador de Padrón de personas habilitadas

Justificaciones por la no emisión del voto

Información y fechas de interés en: Elecciones Universitarias – Corte Electoral

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